declaracion unilateral de la voluntad 263
DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD.- Es la exteriorización de una sola voluntad con el ánimo de producir consecuencia de derecho (crear, transferir, modificar, o extinguir derechos y obligaciones). Se da cuando de manera libre, voluntaria y públicamente se obliga una persona. Por ejemplo a través de una oferta; el ofrecimiento de una recompensa; La convocatoria a una Licitación; La Emisión de Títulos de Crédito; La publicación de Promociones y Ofertas (barata, descuento, remate, liquidación).