anata 3453
anata . ( Del b. lat. annata, y este del lat. annus , año). 1. f. Impuesto eclesiástico que consistía en la renta o frutos correspondientes al primer año de posesión de cualquier beneficio o empleo. media anata . 1. f. Derecho que se paga al ingreso de cualquier beneficio eclesiástico, pensión o empleo secular, correspondiente a la mitad de lo que produce en un año. 2. f. Cantidad que se satisface por los títulos y por lo honorífico de algunos empleos y otras cosas. En España no se paga ya este derecho en la mayor parte de los casos. Cita extraida del diccionario de la RAE anata