peculado 225
Peculado: Delito consistente en el hurto de propiedades del erario público, cometido por aquél a quien está confiada su administración.
El tratadista Cabanellas dice ¨peculado es la sustracción, apropiación o aplicación indebida de los fondos públicos, por aquel o a quien está confiada su custodia o administración.
Sebastián Soler señala que el peculado constituye fundamentalmente en un abuso de la función pública
En el peculado puede haber, como en el adulterio, dos o más partes involucradas. Por un lado, el funcionario que se beneficia económicamente por su acción u omisión y, por el otro, el que obtiene ganancias injustificadas provenientes de bienes o servicios públicos.
Este fragmento contiene algún extracto de peculado en www.derechoecuador.com
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