«Humedal». La Convención RAMSAR (Irán, 1971) sobre Humedales de Importancia Internacional de las Naciones Unidas (ONU) define a los humedales como "extensiones de marismas, pantanos, turberas o superficies cubiertas de agua, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estncadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros".
Sinónimos de humedal son extensión guas poco profundas
"«En Argentina hay 23 sitios RAMSAR con una superficie total de 5.687.651 hectáreas»."