provatoria del acto procesal proceso civil panameño 155
1.-La fase de prueba es, en un proceso jurisdiccional, aquella fase procesal en que, por resolución judicial, se declara abierto o comenzado el período en que deben proponerse y practicarse aquellas pruebas que convengan al derecho de las partes. 2.-Es el tipo de proceso que se origina por razón de pretensiones basadas en normas legales que corresponden al derecho privado, civil o mercantil.
Es una clase de proceso que cae dentro de la Jurisdicción Ordinaria. 1 Es el conjunto de las actividades de los órganos jurisdiccionales y de las partes necesarias para la declaración de certeza o para la realización coactiva de los intereses tutelados por las normas jurídicas en caso de falta de certeza o de inobservancia de esas mismas normas.