subsunción 559
Subsunción es la acción de subsumir. En Derecho significa la acción de encuadrar los hechos en los supuestos previsto por la norma jurídica. Si los hechos no encuadran en la norma, los mismos no son jurídicos y, por tanto, no producen consecuencias jurídicas. Y si encuadran con los supuestos previstos en la norma, entonces se denominan hechos jurídicos y producen consecuencias jurídicas: el deber jurídico.